A partir del próximo 1 de noviembre, todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo estarán obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), independientemente del importe recibido. Esta nueva medida está contemplada en el Real Decreto 2/2024, de 21 de mayo, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 22 de mayo, el cual establece nuevas normativas para mejorar la asistencia en la protección por desempleo.
El artículo 299 del decreto señala que los perceptores de estas prestaciones deberán "presentar anualmente la declaración correspondiente al IRPF". En caso de no cumplir con esta obligación, la normativa prevé que se suspenderá la prestación por desempleo hasta que el beneficiario regularice su situación fiscal. Esto sucederá cuando la entidad gestora detecte que la persona ha omitido presentar la declaración en el plazo correspondiente.
Hasta ahora, las normas del IRPF solo exigían la declaración a quienes percibían ingresos superiores a los 22.000 euros anuales, o aquellos con dos o más pagadores con ingresos de 15.876 euros o más. Sin embargo, esta nueva medida iguala a los perceptores del desempleo con quienes reciben el Ingreso Mínimo Vital, quienes también están obligados a presentar la declaración de la Renta, sin importar el importe percibido.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), responsable de gestionar las prestaciones por desempleo, recalca que la presentación de la declaración no necesariamente implica un mayor pago de impuestos, ya que dependerá de factores como las retenciones aplicadas y las deducciones a las que cada persona tenga derecho. Sin embargo, aquellos que incumplan la norma no podrán seguir recibiendo la prestación hasta que solventen su situación fiscal.
Esta nueva medida forma parte de una tendencia creciente hacia la obligatoriedad de la declaración de la renta, que ya afectó en la campaña pasada a todos los autónomos, obligándolos a declarar, aunque sus ingresos fueran inferiores a 1.000 euros anuales.
La retención por desempleo comenzará a aplicarse a partir de ingresos equivalentes al salario mínimo interprofesional, establecido este año en 15.876 euros.
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