Beca 6000 - Junta de Andalucía



Se realiza convocatoria de la Beca 6000 para el alumnado que se matricule en los estudios de primer o segundo curso de bachillerato o de primer o segundo curso de ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso escolar 2019-2020.


a) Participar en la convocatoria de becas de carácter general para enseñanzas postobligatorias no universitarias.
b) Pertenecer a una familia en la que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en Andalucía.
c) Reunir los requisitos académicos para ser beneficiario de la cuantía fija ligada a la renta del solicitante de la convocatoria de becas en las enseñanzas postobligatorias no universitarias y estar matriculado del curso completo en estudios presenciales.
d) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al de bachillerato o técnico de cualquier profesión.
e) En el caso del alumnado de primer curso o ciclo formativo de grado medio de formación profesional inicial, este deberá haber cursado los estudios de E.S.O en régimen ordinario en el curso inmediatamente anterior a la participación en la convocatoria correspondiente.
f) En el caso del alumnado de renovación de la beca, haber obtenido evaluación positiva en todas las materias del curso anterior.
g) Estar matriculado del curso completo en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la modalidad presencial.
h) Haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar antes del 1 de enero del año en que finalice el curso académico para el que solicita la beca.
i) Tener una renta y patrimonio familiar que no superen los umbrales que se establecen en convocatoria.
j) No estar realizando actividad laboral alguna, por cuenta propia o ajena, ni estar inscrito como demandante de empleo en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.


·Familias de un miembro: Hasta 1.981,00 euros
·Familias de dos miembros: Hasta 3.823,00 euros
·Familias de tres miembros: Hasta 5.571,50 euros
·Familias de cuatro miembros: Hasta 7.306,50 euros
·Familias de cinco miembros: Hasta 9.038,00 euros
·Familias de seis miembros: Hasta 10.731,50 euros
·Familias de siete miembros: Hasta 12.386,50 euros
·Familias de ocho miembros: Hasta 14.004,50 euros
A partir del octavo miembro se añadirán 1.617,50 euros por cada nuevo miembro computable.


Del 23 de noviembre al 23 de diciembre (ambos incluidos)


Publicar un comentario

0 Comentarios